viernes, 21 de enero de 2011

Prevención de los accidentes in itinere en el ámbito sanitario

 

INTRODUCCIÓN


Los accidentes de trabajo en el ámbito sanitario son un problema importante por las consecuencias económicas y sociales que conllevan, siendo los accidentes in itínere los que presentan un mayor Índice de gravedad y una mayor duración media de la incapacidad.

El problema de cara a su prevención radica en que el accidente in itínere escapa, en muchos aspectos, al control de la empresa, ya que puede verse implicado un vehículo ajeno, el vehículo propio, el estado de las carreteras, la climatología, o la fatiga de los trabajadores. Aun así, como se trata de un accidente que acontece del camino al trabajo o de vuelta del mismo (es decir, como consecuencia de las obligaciones del trabajo), se considera por ley un accidente de trabajo.

La notificación de los accidentes in itínere constituye una fuente de información fundamental para poder identificar aquellas condiciones de trabajo que pueden contribuir al desencadenamiento del mismo, al tiempo que nos permite poder detectar los puntos de acumulación de accidentes en los accesos al centro de trabajo.

El artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) contempla la obligatoriedad del empresario de “notificar por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del desarrollo de su trabajo”.


Hablamos de accidente in itínere cuando nos referimos a aquel accidente que:
    ocurre durante el desplazamiento necesario, para poder cumplir la prestación laboral,
    no existe una interrupción o desvío del itinerario habitual,
    por lo general, ocurre en un tiempo próximo a la entrada o salida del trabajo,
    cuando no se rompa el nexo causal entre el desplazamiento y el trabajo.

Quedan excluidos aquellos accidentes que se produzcan por imprudencia temeraria del trabajador, como conducir bajo los efectos de alcohol o drogas, cruzar por un semáforo en rojo; o cuando se produzca por causas de fuerza mayor (tales como inundaciones u otras catástrofes naturales).

Los accidentes in itínere pueden ser producidos como consecuencia bien directa o indirecta de las condiciones del trabajo que se realiza en el ámbito sanitario, por las peculiaridades intrínsecas del mismo.

En primer lugar, un hospital es una empresa que no cierra en ningún momento del día, y ningún día al año, lo que supone la necesidad de turnos de trabajo especiales: cambios frecuentes de turno, trabajo nocturno,… en el caso de los facultativos, se añaden las largas jornadas de trabajo (como 24 horas en guardias o módulos de atención continuada), lo que puede suponer graves trastornos del sueño, exacerbación de patologías, etc.

El usuario de los servicios ofrecidos por el hospital puede representar una carga emocional añadida, pues la transferencia emocional es inevitable en muchos casos, lo que condiciona que esa carga emocional de tratar a personas con enfermedades, o simplemente trabajar continuamente junto a ellas pueda suponer una preocupación extra a los trabajadores que pueda bajar su estado de atención o alerta y ser responsable de una mayor accidentabilidad.

MEDIDAS PREVENTIVAS


a)     DE CARÁCTER TÉCNICO

Entre las medidas de carácter técnico que proponemos para minimizar los accidentes in itínere caben destacar:
    Adecuado mantenimiento de los principales accesos al hospital, en cuanto a visibilidad, señalización e iluminación.
    Fomento del uso de transporte público, que representa menor accidentabilidad que el privado. Notificación a las autoridades competentes de las deficiencias en el estado de las carreteras u otros problemas relacionados con la Seguridad Vial que detecten los trabajadores.
    Confeccionar y mantener actualizado un mapa de puntos negros tanto del recinto del hospital como de sus alrededores.


b)     DE CARÁCTER SANITARIO

En cuanto a las medidas de carácter sanitario:
    Adecuado control de los trabajadores que estén tomando fármacos que mermen la capacidad para conducir, informándoles y realizando las advertencias oportunas de forma que tomen conciencia del grado de peligro al que pueden estar expuestos por efecto de la medicación.
    Adecuado control de las enfermedades crónicas de los trabajadores (metabólicas, neurológicas, cardiovasculares).

c)     DE FORMACIÓN E INFORMACIÓN

La formación e información a los trabajadores representa el apartado que más influencia puede tener en la prevención de los accidentes in itínere. Destacamos:
    Cursos de Seguridad Vial.
    Cursos de perfeccionamiento de la conducción de vehículos a motor.
    Campañas de concienciación de accidentes de tráfico.
    Formación sobre los peligros de la automedicación con fármacos de uso habitual que puedan mermar la capacidad de alerta y reacción (somníferos, ansiolíticos, antidepresivos, relajantes musculares…), así como con el consumo de drogas y alcohol.
    Fomentar la participación por parte de los trabajadores en la notificación de deficiencias en las carreteras así como de puntos de acumulación de accidentes.